Usando al seguro de vida como instrumento financiero se pueden cubrir impuestos de bienes hereditarios. Ya sea que haya o no testamento, al fallecimiento del dueño del inmueble habrá que pagar al registro público el traslado de dominio. En caso de que no haya testamento aparte del grave problema sucesorio habría que agregar los altos honorarios que estos trámites de intestados representan, se puede requerir hasta un 30% del valor comercial del inmueble para financiar estos gastos.
Si te interesa conocer más sobre esta aplicación del seguro de vida acércate a nosotros, con mucho gusto te atenderemos.
|